Saber cómo llenar el Formulario I-130 es el primer paso para lograr la reunificación familiar en Estados Unidos. Para llenarlo correctamente debe:
- Completar cada sección sin dejar campos vacíos.
- Adjuntar documentos que prueben la relación familiar (actas, pasaportes, certificados).
- Incluir traducciones certificadas de todo documento que no esté en inglés.
- Pagar la tarifa de $625 en línea o $675 en papel.
Un error al llenar el I-130 puede generar solicitudes de evidencia, retrasos o negaciones.
En las siguientes líneas encontrará una guía clara y actualizada sobre el formulario PDF I-130 en español, sus requisitos, costos, tiempos de procesamiento y las preguntas más frecuentes que reciben los abogados de inmigración.
Aquí podrá conocer paso a paso cómo llenar el formulario I-130, qué estrategias legales pueden marcar la diferencia para que su petición familiar sea aprobada.
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¿Qué significa y cómo llenar el formulario I-130 en español en 2025?
El Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, es el documento oficial de USCIS que establece la relación familiar entre un ciudadano o residente permanente legal y el familiar que desea emigrar.
Aunque llenar el Formulario I-130 parece sencillo, en la práctica requiere precisión y evidencias sólidas para demostrar la autenticidad de la relación. Este formulario:
- No concede la Green Card por sí solo pero abre la puerta para que el beneficiario continúe el proceso para obtener la Green Card.
- Determina la categoría de preferencia familiar y fija la fecha de prioridad, que influye directamente en los tiempos de espera según el Boletín de Visas.
- Funciona como el primer filtro de USCIS, por lo que un error puede derivar en solicitudes de evidencia (RFE), retrasos o rechazos.
Las normas siguen siendo estrictas y la tasa de aprobación depende en gran medida de la calidad de la documentación presentada.

¿Quién puede y quién no puede presentar el Formulario I-130?
El Formulario I-130 solo puede ser presentado por ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales para ciertos familiares. USCIS establece con claridad qué relaciones califican y cuáles no.
Quién sí puede presentar el Formulario I-130
Un ciudadano estadounidense puede solicitarlo para:
- Cónyuge (vea en detalle los requisitos para pedir a un esposo o esposa siendo ciudadano americano).
- Hijos solteros menores de 21 años de edad.
- Hijos solteros mayores de 21 años de edad (revise la guía: Cómo un ciudadano americano puede pedir a su hijo mayor de edad).
- Hijos casados de cualquier edad.
- Hermanos y hermanas, si el ciudadano tiene al menos 21 años de edad (más información en cómo pedir a un hermano siendo ciudadano americano).
- Padres, siempre que el ciudadano tenga al menos 21 años de edad (consulte aquí los requisitos de la petición de hijos ciudadanos a padres).
Por otro lado, un residente permanente legal (titular de Green Card) puede solicitarlo únicamente para:
- Cónyuge.
- Hijos solteros de cualquier edad.
Quién no puede presentar el Formulario I-130
Aunque exista un vínculo familiar, USCIS no acepta peticiones para:
- Abuelos, nietos, sobrinos, tíos, primos o suegros.
- Hijos adoptivos cuya adopción se haya realizado después de los 16 años (salvo la excepción en casos de hermanos adoptados).
- Hijastros, si el matrimonio que creó la relación ocurrió cuando el hijo ya tenía más de 18 años.
- Cónyuges, si el matrimonio se celebró únicamente con fines migratorios o mientras uno de los cónyuges estaba en proceso de deportación (con excepciones muy limitadas).
- Padres biológicos, cuando el ciudadano o residente obtuvo su estatus migratorio a través de la adopción.
Nota actualizada 2025: Estos criterios no han cambiado respecto a años anteriores. USCIS mantiene la lista cerrada de familiares elegibles, y no existen proyectos de ley vigentes que amplíen las categorías.
Documentos requeridos y evidencias de respaldo para llenar el Formulario I-130
Al presentar el Formulario I-130, USCIS exige que se incluya documentación que pruebe tanto la identidad del peticionario como la relación familiar con el beneficiario.
Estos documentos deben ser claros, legibles y, si no están en inglés, traducidos con certificación.
Documentos básicos del peticionario
- Copia del pasaporte estadounidense válido, certificado de nacimiento en EE. UU. o certificado de naturalización.
- Si es residente permanente legal: Copia de la Green Card (anverso y reverso).
- Prueba de cualquier cambio de nombre (sentencia judicial, certificado de matrimonio o divorcio).
Documentos básicos del beneficiario
- Copia del certificado de nacimiento.
- Pasaporte válido (páginas biográficas), no siempre es obligatorio pero recomendable como prueba de identidad.
- Certificados de matrimonio y/o divorcio, si corresponde.
- Documento de identidad con foto emitido por el gobierno.
Evidencias de la relación familiar
- Cónyuge: Certificado de matrimonio junto a pruebas de relación auténticas. Por ejemplo:
- Cuentas bancarias conjuntas;
- Contratos de arrendamiento;
- Declaraciones de impuestos conjuntas;
- Fotos familiares, etc.
- Hijos: Certificado de nacimiento con los nombres de los padres; en caso de adopción, el certificado de adopción.
- Padres: Certificado de nacimiento del hijo que presenta la petición.
- Hermanos: Certificados de nacimiento de ambos, mostrando al menos un progenitor en común.

Evidencia adicional en caso de documentos faltantes
Si un documento oficial no existe o no puede obtenerse, debe incluirse:
- Carta oficial de la autoridad civil competente confirmando la inexistencia o no disponibilidad del documento.
- Evidencias secundarias, como registros escolares, religiosos, censales o declaraciones juradas notariadas de testigos con conocimiento directo de los hechos (nacimiento, matrimonio, etc.).
Cómo llenar la forma I-130 paso a paso
Para completar la forma I-130 paso a paso debe asegurarse de rellenar cada sección sin dejar campos vacíos, adjuntar los documentos de respaldo, pagar la tarifa correcta y firmar el formulario.
Un error en cualquiera de estos pasos retrasa o incluso provoca la negación de la solicitud
Nota actualizada 2025: USCIS sigue exigiendo traducciones certificadas en inglés de todos los documentos en otro idioma. Esto incluye una declaración firmada por el traductor indicando que domina ambos idiomas y que la traducción es fiel al original.
Costos del Formulario I-130 en 2025
Presentar el Formulario I-130 implica pagar tarifas oficiales de USCIS. Estas tarifas son obligatorias y no reembolsables, incluso si la petición es rechazada.
Tarifas oficiales
- Presentación en línea: $625.
- Presentación en papel: $675.
- Formulario G-1450: Requerido si el pago se hace con tarjeta de crédito.
En la mayoría de los casos, no existen exenciones de tarifas para el I-130. Las excepciones son muy limitadas y aplican solo en situaciones especiales autorizadas por USCIS.
Costos adicionales posibles
- Evidencias biométricas: Aunque rara vez se solicitan en el I-130, pueden aplicarse en ciertos casos.
- Traducciones certificadas: El costo varía según idioma y extensión.
- Envíos postales o mensajería certificada: Recomendados para asegurar la entrega y tener comprobante de recepción.
- Asesoría legal: Contar con un abogado puede implicar honorarios adicionales, pero ayuda a evitar errores y agilizar el trámite.
Métodos de pago en 2025
- Hasta el 28 de octubre de 2025: USCIS aceptará cheques personales, giros postales, pagos con tarjeta de crédito (Formulario G-1450) y pagos electrónicos ACH (Formulario G-1650).
- A partir del 29 de octubre de 2025: USCIS ya no aceptará cheques ni giros postales para presentaciones en papel. Solo se permitirán pagos electrónicos:
- Tarjeta de crédito o débito con Formulario G-1450.
- Débito ACH con Formulario G-1650.
Si se presenta un formulario en papel después de esa fecha con cheque o giro postal, será rechazado automáticamente.
Tiempos de procesamiento del Formulario I-130 en 2025
La duración del trámite del Formulario I-130 depende de la relación familiar, el centro de procesamiento de USCIS y los límites de visas disponibles. Los plazos pueden variar considerablemente según cada caso.

Estimaciones actuales de procesamiento
- Familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses (cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres): Entre 6 y 15 meses, con un promedio real cercano a 14 meses.
- Cónyuges e hijos solteros de residentes permanentes (categoría F2A): Entre 10 y 24 meses si hay visas disponibles. Sin embargo, cuando no lo están, la espera puede extenderse de 55 a 89 meses.
- Hijos solteros mayores de 21 años de residentes permanentes (categoría F2B): La espera puede superar los 8 años en promedio.
- Hermanos de ciudadanos estadounidenses (categoría F4): Los tiempos suelen ser los más largos, llegando en 2025 a promediar 17 años.
Factores que influyen en los tiempos
- El centro de procesamiento asignado por USCIS.
- La nacionalidad del beneficiario y el límite anual de visas para su país.
- El tiempo de respuesta del solicitante ante solicitudes de evidencia (RFE).
- Posibles retrasos administrativos o revisiones de seguridad adicionales.
¿Se puede acelerar el procesamiento?
En general, no es posible acelerar un I-130. Sin embargo, USCIS puede considerar solicitudes urgentes si hay:
- Razones humanitarias (enfermedad grave o emergencias familiares).
- Interés gubernamental significativo.
Para pedir un procesamiento acelerado debe presentarse una solicitud clara con documentación de respaldo, aunque la aprobación es discrecional.
¿Qué pasa si USCIS rechaza la solicitud del Formulario I-130?
Aunque el Formulario I-130 suele tener altas tasas de aprobación, existen situaciones en las que USCIS puede rechazarlo o denegarlo. Conocer la diferencia es fundamental:
Motivos comunes de rechazo o denegación
- Errores formales: Falta de firma, campos incompletos o formularios incorrectos provocan un rechazo administrativo.
- Tarifas mal pagadas: Pago incompleto o método de pago no aceptado.
- Documentación insuficiente: Especialmente en casos de matrimonio, puede llevar a una denegación.
- Problemas de elegibilidad: El peticionario no es ciudadano ni residente permanente.
- Sospecha de fraude o matrimonio por conveniencia: Causa seria de denegación, con consecuencias adicionales para futuros trámites migratorios.
Opciones si el I-130 es rechazado
- Rechazado: La solicitud se devuelve sin procesar junto con el pago. El solicitante puede corregir los errores y volver a presentarla.
- Denegación: USCIS emite una notificación detallando los motivos.}
Cómo apelar una denegación
Para apelar una denegación debe hacerlo ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA):
- Debe hacerse mediante el Formulario EOIR-29, dentro de los 30 días posteriores a la notificación (33 si fue enviada por correo).
- Alternativamente, puede solicitar una moción de reapertura o reconsideración, aportando nueva evidencia o señalando errores en la aplicación de la ley, incluso evaluar si se puede ganar una apelación de inmigración.
¿Qué ocurre si me falta un documento al enviar el I-130?
USCIS enviará un RFE para darle oportunidad de enviar la documentación faltante. Sin embargo, esto retrasa el proceso, por lo que lo ideal es enviar un paquete completo desde el inicio.
¿Cuántos I-130 se aprueban al año?
La tasa de aprobación ronda el 99%, especialmente en casos de familiares inmediatos. No obstante, los de preferencia familiar pueden estar limitados por cupos anuales.
Importancia de la asesoría legal
Un rechazo puede retrasar significativamente la reunificación familiar. Un abogado en inmigración puede:
- Identificar los errores cometidos.
- Preparar una apelación sólida.
- Explorar vías alternativas (por ejemplo, volver a presentar la petición con mejor documentación).
¿Qué pasa después de que el Formulario I-130 sea aprobado?
La aprobación del Formulario I-130 no significa que el familiar obtenga de inmediato la Green Card. Lo que ocurre después depende de la categoría migratoria y de si el beneficiario se encuentra dentro o fuera de EE. UU.
Si el familiar está en EE. UU.
- Familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses (cónyuge, hijos solteros menores de 21 años y padres):
- Pueden solicitar el ajuste de estatus con el Formulario I-485, siempre que hayan entrado legalmente al país.
- Esto les permite obtener la residencia sin salir de EE. UU.
- Familiares bajo categorías de preferencia (hermanos, hijos mayores de 21 años, cónyuges de residentes, etc.):
- Deben esperar a que su fecha de prioridad esté vigente en el Boletín de Visas antes de poder presentar el I-485.
Si el familiar está fuera de EE. UU.
El caso se transfiere al Centro Nacional de Visas (NVC), el cual:
- Envía una carta de bienvenida (generalmente por correo electrónico) con el número de caso.
- Solicita el pago de tarifas y la entrega de documentos financieros (Formulario I-864) y civiles.
- Requiere que el beneficiario complete en línea el Formulario DS-260 a través del CEAC (Consular Electronic Application Center).
- Una vez que el caso está “documentarily qualified”, el NVC programa la entrevista para el proceso consular.
- Tras la aprobación, el beneficiario recibe una visa de inmigrante, con la que puede entrar a EE. UU. y obtener la Green Card.
Si quiere más detalles de esta fase, consulte la guía: “Formulario I-130 aprobado, ¿qué sigue?”
Tiempo de espera
- Familiares inmediatos: Suelen avanzar en cuestión de meses (entre 6 a 12 meses).
- Preferencias familiares: Pueden tardar años, dependiendo de la categoría y el país de origen.
Aspectos clave a tener en cuenta
- La aprobación del I-130 no garantiza la residencia: solo reconoce la relación familiar.
- Es posible que USCIS solicite evidencia adicional o que el NVC devuelva el caso por documentos incompletos.
- Un error en esta etapa puede retrasar el proceso meses o incluso años.
Preguntas frecuentes sobre cómo llenar el Formulario I-130
A la hora de completar el Formulario I-130, surgen dudas comunes que conviene aclarar:

¿Necesito un abogado para llenar el Formulario I-130?
No es obligatorio pero es altamente recomendable. Un abogado se asegura de que el formulario esté correctamente completado, adjunte la evidencia necesaria y evite errores que podrían provocar rechazos o retrasos.
¿Puedo presentar el I-130 y el I-485 al mismo tiempo?
Sí, si el beneficiario es un familiar inmediato de un ciudadano estadounidense y se encuentra en EE. UU. en condición legal.
En estos casos puede presentarse una presentación concurrente (concurrent filing), algo muy común en solicitudes de Green Card por matrimonio.
¿Cuánto tiempo tarda USCIS en programar la entrevista?
Tras aprobar el I-130, el NVC coordina con la embajada. En promedio, puede tardar entre 6 y 12 semanas en fijar la entrevista, aunque los plazos varían por país y categoría.
¿Qué pasa si viajo después de presentar el I-130?
- Si es peticionario, puede viajar sin problema.
- Si es beneficiario, debe mantener estatus legal y evitar viajes largos que puedan afectar el trámite.
- En algunos casos, es recomendable solicitar un advance parole antes de viajar.
¿Cómo llenar el formulario I-130 correctamente?
El formulario I 130 en español puede descargarse, pero siempre debe completarse en inglés. Para completarlo correctamente, revise cada instrucción, adjunte toda la evidencia y considere apoyo legal para evitar rechazos.
Esta guía de Lluis Law resume cómo llenar el formulario I-130 paso a paso con ejemplos prácticos.
Abogados de inmigración en Los Ángeles para llenar el Formulario I-130
Llenar y presentar correctamente el Formulario I-130 es el primer paso para lograr la residencia permanente legal de un familiar en Estados Unidos.
No obstante, los errores en la documentación, las pruebas insuficientes o los tiempos mal gestionados pueden retrasar o incluso provocar el rechazo de su solicitud.
En Lluis Law, contamos con más de 60 años de experiencia combinada asesorando en casos de residencia americana por petición familiar en Los Ángeles y en todo el país.
Nuestro equipo le ayudará a revisar si cumple con los requisitos antes de presentar la petición. También a completar el formulario I-130 en español y adjuntar la documentación necesaria.
Además, contamos con abogados de inmigración especialistas en deportaciones para defenderle si surgen complicaciones:
Entre los servicios que ofrecemos se incluyen:
- Verificar si cumple con los requisitos antes de presentar la petición.
- Completar el Formulario I-130 y adjuntar toda la documentación necesaria.
- Responder a solicitudes de evidencia de forma sólida y en plazo.
- Prepararlo para entrevistas consulares o ajustes de estatus.
- Representarlo en caso de complicaciones, negaciones o apelaciones.
Contáctenos hoy mismo y reciba asesoría personalizada para asegurar que su trámite de petición familiar se gestione sin errores y con la mayor probabilidad de éxito.
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